Legalización de pozos en Andalucía: qué trámites hay que seguir

legalización de pozos en Andalucía

Como todo en esta vida, la legalización de pozos en Andalucía debe hacerse cumpliendo una serie de requisitos. En el blog de hoy te explicamos los pasos a seguir para realizar este trámite. Aunque te recomendamos contactar con nuestro equipo de expertos para ampliar información. Son varias las instituciones que intervienen en este proceso y es preciso realizar un asesoramiento personalizado en cada caso. En ISONDA podemos ayudarte, por lo que no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

A continuación exponemos las diferentes fases a la hora de solicitar la legalización de pozos en Andalucía. No pierdas detalle.

Pasos a seguir en la legalización de pozos en Andalucía

Cuando nos disponemos a construir un pozo de agua es esencial cumplir con las medidas de seguridad para garantizar el bienestar de los implicados. Del mismo modo, resulta crucial seguir todos los trámites que desde las administraciones exigen para efectuar la legalización de pozos en Andalucía.

Todos y cada uno de nuestros trabajos en este sentido cumplen siempre tanto en materia de seguridad como legal. Un compromiso con quienes confían en nuestro saber hacer y con la sociedad en general.

La legalización de pozos en Andalucía requiere de varios pasos a seguir. Si bien, en cada una de estas etapas intervienen diferentes organismos e instituciones que son los que disponen de las competencias en cada caso.

Primera fase. Autorización de obras de captación.

En primer lugar hay que proceder a tramitar con la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, Departamento de Minas la autorización de las obras de perforación. Para ello es necesario aportar la siguiente documentación:

  • Solicitud de autorización debidamente cumplimentada.
  • Fotocopia compulsada del DNI del solicitante, representante legal, CIF, poderes de representación y la escritura de constitución en el caso de una sociedad.
  • Proyecto técnico, firmado por un titulado de Minas. El proyecto incluirá siempre:
    • Plano de situación a escala 1:10.000 y 1:50.000 y señalización de la obra de captación a realizar.
    • Titularidad de los terrenos y dirección de la parcela catastral.
    • Documento de seguridad y salud, redactado según ITC MIE S.M. 02.1.01 2006-01-23 aprobada por la ORDEN ITC/101/2006, de 23 de enero, por la que se regula el contenido mínimo y estructura del documento sobre seguridad y salud para la industria extractiva.

Segunda fase. Comunicación del aprovechamiento del agua

En esta fase, lo primero que se debe hacer es comunicar a la entidad competente la existencia del pozo y el deseo de empezar a utilizarlo.

En dicha solicitud, debe quedar claro y bien justificado el uso del consumo que se pretende. Igualmente hay que obtener información de que la captación de aguas, se encuentra en una zona viable para su autorización, fuera de perímetros de protección o zonas vulnerables, etc.

Básicamente se distribuyen en dos tipos de solicitud, menos de 7.000 metros cúbicos (m³) y mayor a 7.000 metros cúbicos.

  • Siempre que se vaya a emplear aguas subterráneas de cantidad menor a 7.000 metros cúbicos (m³) es preciso informar al Organismo de Cuenca (Confederaciones), en la cual se ubique el pozo. La solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:
    • CIF de la entidad.
    • Documentación acreditativa de la representación que ostenta.
    • Título acreditativo de la propiedad de la finca.
    • Plano parcelario del catastro indicando las obras a realizar y la superficie regable. Además de los manantiales o pozos que se pretendan aprovechar o construir, la distancia entre los mismos y con las tomas de agua, corrientes naturales o artificiales, edificaciones, caminos, minas u otras instalaciones existentes.
    • Memoria justificativa del volumen y caudal utilizado, para un volumen superior a 3.000 m³ al año.
    • Permiso del titular de otro aprovechamiento cuando se encuentre a distancia inferior a la establecida en el Plan Hidrográfico de Cuenca.
    • Fotocopia del DNI/NIE, en caso de que el solicitante no preste su consentimiento expreso para la consulta de sus datos de identidad, a través del Sistema de Verificación de Identidad.
  • Por otro lado, cuando las aguas subterráneas implicadas sean de un volumen mayor a 7.000 metros cúbicos igualmente, hay que informar a la Agencia Andaluza del Agua o a la Cuenca Hidrográfica competente. Se puede realizar de forma telemática. Una vez que tu caso quede resuelto, debes guardar el informe favorable para solicitar posteriormente la autorización de las obras de captación.

Tercera fase. Comunicar el uso que se va a efectuar de ese pozo de agua

Esta fase está relacionada con el punto anterior, pero la diferenciamos para que la información quede reflejada de forma más clara.

Por tanto, como ya sabemos, que para el aprovechamiento de las aguas hay que solicitar a la Agencia Andaluza del Agua o a la cuenca competente la concesión de ese recurso. En este sentido, hay que comunicar también el uso concreto que se va a hacer de ella.

Estos trámites pueden llevarse a cabo de forma online. Las diferentes concesiones de aprovechamiento de los pozos de agua son las siguientes:

  • Concesión administrativa de aguas subterráneas para abastecimiento
  • Concesión administrativa de aguas subterráneas para riego y/o abrevadero de ganado
  • Concesión administrativa de aguas subterráneas para usos industriales

Cuarta fase. Solicitud de puesta en servicio

Una vez concluidas las obras para el aprovechamiento del agua del pozo en cuestión, hay que proceder a solicitar la autorización para poder utilizarlo para los fines deseados. Este trámite se realiza de nuevo con la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, Departamento de Minas de la Junta de Andalucía.

La documentación a presentar en este momento del proceso consiste en el impreso de solicitud de puesta en servicio debidamente cumplimentado y certificado de fin de obra suscrito por la dirección facultativa, junto con la documentación necesaria del instalador autorizado y copia de la resolución de concesión de aprovechamiento.

Quinta fase. Cierre del pozo

Por último, pero no por ello menos importante, todo lo contrario. Es vital que cuando cese el uso del pozo también se debe comunicar que su utilización queda suspendida. Además, hay que sellarlo, cerrarlo y señalizarlo para evitar problemas futuros.

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Si quieres ampliar información sobre cómo llevar a cabo la legalización de pozos de agua en Andalucía no esperes para consultar a nuestro equipo experto. Contacta con nosotros sin compromiso. Estaremos encantados de poder ayudarte con tu proyecto.

 

Imagen: Freepik

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